Este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano DOUGLAS JOSE DIAZ, titular de la cedula de identidad N° V-10.268.339, debidamente asistido por el abogado YONNY ESCALONA, IPSA N° 108.066, en contra de la Jueza a cargo del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, Dra LOIDA CARVAJAL GUEVARA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia. Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a los 20 días del mes de mayo de 2025. Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.