Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por la ciudadana Gloria Esther Mejia Ochoa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.849.145 debidamente asistida por el ciudadano Manuel Alfonso Biel Morales, abogado inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 36.075, contra la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, por órgano del Concejo Municipal del Municipio Girardot del Estado Aragua, todo con motivo del acto administrativo N° 302, de fecha 10 de Mayo de 2013, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 17.582 de fecha 13 de Mayo de 2013