NIEGA LA ADMISIÓN de esta demanda, por cuanto es contraria al orden público, a las buenas costumbres así como a las disposiciones de la ley, ello, de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil; en tal sentido, se le anexa copia certificada del auto de admisión del expediente N° 2562, a los fines de demostrar el alegato formulado en la presente decisión. Y así se decide.-