Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la acción intentada, por el ciudadano CARLOS FORTUNATO PEREZ, titular de las cédula de identidad Nro. V- 3.374.849. En contra de la sociedad mercantil "SEGURIDAD JOS C.A". En consecuencia se condena a la demandada, a pagar las cantidades de CUATRO MIL CINCUENTA BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 4.050,20), mas lo que resulte de la complementaria y así se decide