DECLARA:
CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido y Revoca la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 17 de Octubre de 2.007, mediante la cual declaró perimida la instancia en el interdicto restitutorio intentado por el identificado querellante, contra los querellados, igualmente identificados.
SEGUNDO: REVOCA la antes identificada sentencia.
TERCERO: ORDENA la continuación del proceso.