DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE en la actualidad, la solicitud interpuesta por el ciudadano CARLOS R. MARTINEZ G., titular de la cédula de identidad N° V-8.929.909; referida a la entrega del vehículo marca Chery QQ, modelo Confor Plus, clase automóvil, tipo sedan, color amarillo, placa NBA54B, año 2008, serial de motor SQR472FFG7F04658, serial de carrocería LVVDB12A98D008177, el cual guarda relación con el presente asunto; ello por cuanto el mismo no ha agotado los tramites aquí realizados, ante la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; y así dar cumplimiento al contenido del artículo 311 de nuestra Ley Adjetiva Penal.
Regístrese, diaricese y déjese copia certificada por Secretaría. Notifíquese al solicitante y al Abg. Lennys d.....