Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana MARIA DE LOURDES MARTI, en representación de los derechos de los sus hijas (Cuyas Identificaciones Se Omiten, De Conformidad Con El Artículo 65 Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescente), contra el ciudadano GERSON ENRIQUE PAREDES BARRIOS, plenamente identificados, estableciéndose la obligación alimentaría de la siguiente manera: mensualmente la cantidad de TRESCIENTOS DOCE BOLIVARES (Bs. 312,oo), que aproximadamente representa el TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39%) de .....