DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la presente causa a favor del ciudadano: WILMER JOSÉ ZAMBRANO SIMOZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.142.828, natural de Maracay Estado Aragua, nacido el 14-10-75, residenciado en: BARRIO EL CARMEN, CALLE EL ESTADIO, NRO 08, MARACAY ESTADO ARAGUA por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal. .- Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. MARIELA JIMENEZ GAMBOA.
LA SECRETARIA,
ABG DEVORA MELENDEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA,
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