Por Los Razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA "LA PERENCION DE LA INSTANCIA" de la demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por los ciudadanos ALFONSO ENRIQUE NAVARRO HERNANDEZ Y CESAR GOYAS MONTENEGRO, actuando como Endosatarios en Procuración de MATERIALES HABANA C.A, contra el ciudadano FREDDY RAMIREZ RAMIREZ, en su condición de Director General de la Empresa REPFILT C.A , Avalista de las letras de cambio, todos identificados en autos, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Archivese el expediente. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese copia y Certifíquese.
Dado Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Colonia Tovar a los Veintiún (21) días del mes de Abril de Dos Mil Seis (.....