En consecuencia, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Juez Unipersonal N° 02 administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara: Con Lugar la apelación formulada, por el ciudadano JOSE FRAYNELI NAVARRO CHARAIMA, en contra de la sentencia dictada en fecha 09 de mayo de de 2005, por el Juzgado del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Revocándose la misma, donde se declaro parcialmente con lugar la solicitud de Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana JULIANA CENAIDA TOVAR SOTO, en representación de su hijo FRAINEL JOSE NAVARRO TOVAR, contra el ciudadano JOSE FRAYNELI NAVARRO CHARAIMA, en consecuencia se ordena:
PRIMERO: Se fija la Obligación Alimentaria en DIEZ (10) SALARIOS DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional, que equivalen a la cantidad de BOLIVARES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS .....