DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por el abogado: RODOLFO JESUS FLORES DUGARTE, Defensor Público Penal Octogésimo Primero (81°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano EDGAR JOSE MAVARES PEREZ, en contra la Decisión de fecha 26 de Mayo de 2.010, con Resolución Judicial de la misma fecha, emanada del JUZGADO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO (42°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual Dictó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, artículo .....