DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano XXXXXXXX a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y robo de Vehículos Automotor, y se le impone la sanción de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, contemplada en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, para ser cumplida la Primera y la Segunda por el lapso de DOS (02) AÑOS y la tercera por el lapso de SEIS (6) MESES, todo de manera SIMULTAN.....