Por todas las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA en los siguientes términos:
PRIMERO: SIN LUGAR la oferta real de pago realizada por la ciudadana IVETTE CAROLINA BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.754.999 a favor del ciudadano RONNIS YOVANIS LINERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.820.240, por la cantidad de veintidós mil quinientos cuarenta y cuatro bolívares con treinta y ocho céntimos (Bs. 22.544,38) y posteriormente por la cantidad de veinticuatro mil quinientos noventa un bolívares con treinta y tres céntimos (Bs. 24.591,33), con el fin de adquirir una parcela y un inmueble ubicado en la acera su.....