Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE EL ALEGATO REFERIDO A LA IMPUGNACION DEL PODER CONSIGNADO POR EL APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO INTERESADO. SEGUNDO: SIN LUGAR EL ALEGATO DEL TERCERO RESPECTO A LA INADMISIBILIDAD DEL PROCEDIMIENTO. TERCERO: CON LUGAR O PROCEDENTE LA PRESENTE SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL. Consecuentemente se declaran nulos los autos de fecha 17 de Julio de 2006 dictados por el Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua en el Expediente Nº 11.495 (Nomenclatura de ese Tribunal), ordenándose al mencionado Juzgado que debe pronunciarse sobre las peticiones formuladas por la parte demandada en el referido expediente en fecha 03 y 07 de Ag.....