Mediante decisión se declaró improcedente lo solicitado por la acusada JOSELIN DEL VALLE CORTEZ al haber expirado la LIMITACION personalísima que sobrevino a la acusada JOSELIN DEL VALLE CORTEZ, aunado a que las razones que establece en el escrito no desvirtúan el peligro de fuga ni de obstaculización que apreció el Juez de Control al decretarle la Medida Privativa. Se ordena librar Oficio al Director de la Policía del Estado a los fines de que trasladen a la referida acusada desde la siguiente dirección PROLONGACION 21, CALLE VIENTO COLAO, CASA S/N A CINCO CASA DE LA BODEGA SANTA MARIA, MATURIN ESTADO MONAGAS, al Internado Judicial del Estado Monagas anexo Boleta de Encarcelación. Hágase lo conducente.-