Esta Corte de Apelaciones, DECLARA INADMISIBLE por INIMPUGNABLE el pronunciamiento recurrido el 03 de Abril de 2006, por la Defensa del ciudadano RICARDO GONZÁLEZ GARCIA; decisión esa dictada el 27 de Marzo de 2006, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el proceso que se ventila en el asunto principal NP01-P-2005-008676; por considerar esta Alzada colegiada que el pronunciamiento impugnado es inapelable e irrecurrible, conforme lo pauta el último aparte del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal; declaratoria que se hace en atención a lo dispuesto en el literal "c.", del artículo 437, y artículo 432, ambos insertos en la Ley adjetiva penal tantas veces mencionada. Así se declara.