En fuerza de las anteriores consideraciones, y en conformidad con los artículos 2, 26, 77 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS PATRIMONIALES, fuera intentada por el ciudadano JOSE RAFAEL SALAZAR RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la Cédula de Identidad No V- 4.715.988, domiciliado en la población de Caripe Municipio Caripe del Estado Monagas, en contra de la ciudadana LUISA BELTRANA CARVAJAL DE LEON, Venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la Cédula d Identidad No V- 2.484.920, con domicilio en la calle Rafael Marsiglia Nº 18 de la población de Caripe, Jurisdicción del Municipio Caripe del Estado Monagas; y condena a la demandad.....