DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos MARISELA CONCEPCIÓN CORTEZ SILVA Y ANGEL RICARDO PERALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.169.317 y V-11.086.392, respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Sucre, Cagua, Estado Aragua, en fecha 20 de octubre, según Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 274, Tomo 02, Año 1989 de los libros de Matrimonios llevados por dicho Registro.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.