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DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de tercería interpuesta por el ciudadano HERNAN JOSE PEREIRA LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 4.842.701, debidamente asistido por la abogada MILDRED MARGARITA ANSART, inscrita en el Inpreabogado bajo el números 54.548, en contra de los ciudadanos LUIS JOSE GARCIA BORET, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.348.410, y con domicilio en la ciudad de Miami, Estado de la Florida, Estados Unidos, y la ciudadana NIDIA ELENA GARCIA DE PEREIRA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Numero V-4.548.464, parte acta y parte demandada, respectivamen.....