Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE impartir la Homologación a la Transacción presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial en fecha 11 de octubre de 2013, suscrita por el Abogado JOSÉ ROSALINO MEDINA, matrícula de Inpreabogado N° 9.987, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana KATIUSCA YENIFER GALINDEZ VILLAREAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.344.424, parte tercero interesado, así como también por el Abogado LAWRENCE KARLO CALDERÓN, matrícula de Inpreabogado N° 78.633, en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIO GALICIA, el.....