-III-
DISPOSITIVO.
En virtud, de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE en razón de la materia, para conocer de la presente demanda por INTERDICTO PROHIBITIVO, presentada por el ciudadano, ARTURO RAFAEL PERALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro.V-4.908.386, asistido por el abogado, NARVAES JOSÉ TORREALBA BEJARANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.566.757, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 186.335, en contra de la ciudadana, AURA MARIA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.177.700. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente con oficio al Tribunal de Primera Instanci.....