El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovida por el mencionado ciudadano y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: VICTORIANO MARTIN MARTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.811.780, JOSE GREGORIO MARTIN MARTIN venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 10.458.099 y la ciudadana CONSTANZA MARTIN DE MARTIN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 8.811.697 como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus VICTORIANO VICENTE MARTIN DORTA, quien en vida fuere titular de la Cédula de Identidad Nº V-.....