Así mismo, al folio dieciséis (16), corre agregada copia fotostática de la Cedula de Identidad de la madre del demandante, ciudadana Amelia Isaac de Fayad.-
Con todos los anteriores medios probatorios, y como quiera que ningún tercero formuló oposición a la solicitud de la actora, queda establecido que, ciertamente la Partida de Nacimiento del ciudadano WILLIAM RAFAEL FAYAD ISAAC, se encuentra errada y así se declara.
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por el ciudadano WILLIAM RAFAEL FAYAD ISAAC. En consecuencia, se ordena enviar copia de esta sentencia al Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua y al ciudadano Registrador Principal Civil del Estado Aragua, a.....