En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el el Defensor Noveno Penal adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Monagas, Abg. Marcos José Morales Medina, en su condición de Defensor designado de los Imputados JUAN ANTONIO CARRASCO, NAIROBIS MERCEDES CHACÓN, LUIS FELIPE ILARRAZA y ALEXANDER DAVID GUERRA, en el proceso penal contenido en el Asunto Principal signado con el alfanumérico NP01-P-2009-001438, instaurado en contra de los Imputados JUAN ANTONIO CARRASCO, NAIROBIS MERCEDES CHACÓN, LUIS FELIPE ILARRAZA y ALEXANDER DAVID GUERRA.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia impugnada, en los términos expresados en esta decisión. Notifíquese, publíquese, bájese la causa al tribunal de orig.....