Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 14 de julio de 2015, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano LUIS RAMÓN RIVERO, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil MGH PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar al demandante la suma determinada en la motiva de la presente decisión. TERCERO: Se acuerdan la corrección mo.....