Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA., administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos JULY ALEJANDRA CUELLO MALDONADO y FERNANDO JOSE DURAN CARPIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.727.118 y 20.334.681, respectivamente, asistidos por la abogada INDIRA BALDUZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 13 de febrero de 2015, por ante la Prefectura del Municipio Sucre, Parroquia Cagua del Estado Aragua, según acta No 25, Tomo I, folio 25, del año 2015, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECUTESE DEFINITIVO de la presente sente.....