Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida ciudadana LOURDES CLEMENTE DE CINTRON, plenamente identificada, a los ciudadanos DANIEL JOSE CINTRON CLEMENTE, BERTHA LUCILA CINTRON CLEMENTE, ALBA IRIS CINTRON CLEMENTE, HAYDEE MARIA CINTRON CLEMENTE venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-12.002.058, Nº V-6.057.575, V-6.443.383, V-6.441.415 respectivamente, en condición de Madre de los ciudadanos antes identificados, como consta en copia simple de las actas de nacimientos Nro. 2680, Año: 1974, expedida por la Primera Autoridad Civil .....