este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana XIOMARA COROMOTO MARQUINA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.366.054, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano FREDY JOSÉ BEJARANO DURAN, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.366.479, en beneficio de la ciudadana GLADYS KAROLINA NOEMI. Consistente en la retención de las utilidades, el Salario mensual y las Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto las retenciones ordenadas, en consecuencia, ofíciese al Jefe de Personal de la Empresa Proinvisa S.A (Benaves), a los fines del levantamiento de las mimas.