Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA CUESTION PREVIA OPUESTA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 346 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ORDINAL 8, opuesta por el apoderado de los codemandados JUAN MESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula nro 8.693.906 y MARIA BRABA colombiana, mayor de edad, titular de la cedula e 1.000.409, abogado Luis Fernando Martínez I.P.S.A Nro 47.020; SEGUNDO: De conformidad con el articulo 355 del Código de Procedimiento Civil, el proceso continuara su curso normal hasta llegar al estado de sentencia, en cuyo estado se suspenderá hasta que se resuelva la cuestión perjudicial.-TERCERO Se condena en costa a la parte perdidosa.-