éste Tribunal con vista a las exposiciones de las partes, deja expresa constancia que la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontanea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrario a derecho y ha sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigido por este Tribunal se declara concluida la audiencia preliminar y se imparte en este acto HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado por la partes en este proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo