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Decisiones del dia 22/11/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31V2010001603 N° Sentencia : Fecha: 22/11/2012
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
ÁNGEL BARTOLOME MARTT VS.EDGAR JOSUE MOTTA HERRERA
Resumen:
Evidentemente se desprende de la norma citada, que el demandado debe contar con la debida asistencia de un Defensor Público, no constando en autos tal designación, toda vez que éste no constituyó un abogado privado. De igual manera no se fijó oportunidad para la realización de la audiencia de mediación establecida en el artículo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, razón por la cual este Juzgado, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos 26 y 49, que consagran de manera expresa el derecho a la tutela judicial efectiva es por ello y conforme a los artículos 12, 14 y 206 del Código de Procedimiento Civil que señalan: : Artículo12: Los Jueces tendrán por norte de sus actos la verdad, que procurarán conocer en los límites de su oficio (...).-Artículo 14: El Juez es el director del proceso y debe impulsarlo de oficio hasta su con.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31V2011000451 N° Sentencia : Fecha: 22/11/2012
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
SEGUROS ALTAMIRA C.A. VS. VIRGINI SANTOS NATURAL CORPO´S C.A
Resumen:
V PARTE DISPOSITIVA En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA CUESTION PREVIA CONTENIDA EN EL ORDINAL 8ª DEL ARTÌCULO 346 OPUESTA POR LA DEMANDADA Y CON LUGAR LA DEMANDA de DESALOJO Intentada por la la Sociedad Mercantil SEGUROS ALTAMIRA C.A. contra la Sociedad Mercantil VIRGINI SANTOS NATURAL CORPO´S C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes por ante la Notaria Pública Novena del Municipio Libertador del Estado Distrito Capital, en fecha dieciocho (18) de julio de 2006, bajo el N° 17, Tomo 116, cuyo objeto fue el inmueble distinguido como: Oficina "F", ubicada en el Piso Uno (1), del Edificio TORRE SEGUROS.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31V2010004009 N° Sentencia : Fecha: 22/11/2012
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
CARMELA CAPUTO DE RIONERO VS.CARLOS ENRIQUE SILVA NUÑEZ
Resumen:
Ahora bien, establece el artículo 97 del la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda lo siguiente: (...) el juez o jueza competente se asegurará de que el demandado cuente con asistencia o representación jurídica durante todo el proceso. Si dicho sujeto manifestare la imposibilidad de proveérsela por medios propios, el juez o jueza suspenderá el proceso a los fines de la notificación a la Defensa Pública, para que se designe un defensor o defensora, el cual comparecerá al quinto día de despacho al que se deje constancia en autos de su notificación (...)".- Evidentemente se desprende de la norma citada, que el demandado debe contar con la debida asistencia de un Defensor Público, no constando en autos tal designación, toda vez que éste no constituyó un abogado privado. De igual manera no se fijó oportunidad para la realización de la audiencia de mediación establecida en el artículo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de V.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31V2010003615 N° Sentencia : Fecha: 22/11/2012
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEXI JOSEFINA ORTEGA DE DÁVILA VSFAVIOLA ISABEL VIVAS LEÓN
Resumen:
Evidentemente se desprende de la norma citada, que el demandado debe contar con la debida asistencia de un Defensor Público, no constando en autos tal designación, toda vez que éste no constituyó un abogado privado. De igual manera no se fijó oportunidad para la realización de la audiencia de mediación establecida en el artículo 107 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, razón por la cual este Juzgado, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso, previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos 26 y 49, que consagran de manera expresa el derecho a la tutela judicial efectiva es por ello y conforme a los artículos 12 y 14 del Código de Procedimiento Civil que señalan: : Artículo12: Los Jueces tendrán por norte de sus actos la verdad, que procurarán conocer en los límites de su oficio (...).-Artículo 14: El Juez es el director del proceso y debe impulsarlo de oficio REVOCA el nombram.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Juzgado Vigesimo Segundo de Municipio
arriba

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