Se emite decisión en la cual se realiza la redención de la Pena por trabajo y/o Estudio al penado de marras, quedando la pena definitiva en CUATRO AÑOS ONCE MESES Y DIECISEIS DIAS. EFECTUANDOSE EN ESTA OPORTUNIDAD EN RAZÓN DE LA URGENCIA DEL CASO, dado que constan informe conductual favoable y con la redención acordada opta a beneficio. La cual no fue diaziao en fecha 28 de Diciembre de 2016 (fecha en la cual se publico), por error involuntario.-