VI. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana BELKYS RAQUEL OROPEZA BOLET, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.579.253, en contra de las Sentencias dictadas por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Victoria y del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga, de esta misma Circunscripción Judicial, con sede en la Victoria, por la presunta violación del derecho a un debido proceso, y la violación al derecho a una vivienda adecuada.
Dada, Firmada y se.....