´En relación a la solicitud, presentada por los ciudadanos YVONNE MARBELLA PINEDA DE LOPEZ y JULIO CESAR LOPEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.701.709 y V-13.770.256, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada FRANYELIN TARIFE, debidamente inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogad bajo el N° 144.389, donde solicita sean declarados cono los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del De-cujus, CESAR SEBASTIAN LOPEZ PINEDA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular De la cćdula de identidad N° V-29,846.654, fallecido ab-intestato en fecha 07 de Diciembre de 2024. EI Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia Promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal. Y por cuanto no Compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando justicia en nombre de la Rep.....