Dispositiva
En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Milagros Gómez Pérez, en su condición de Defensor Privado de los Imputados LUIS RAFAEL CABEZA CALDERA Y RUBEN DARIO CALDERA,, en el proceso penal contenido en el Asunto Principal signado con el alfanumérico NP01-P-2009-001907, instaurado en contra de los referidos ciudadanos.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia impugnada, en los términos expresados en esta decisión.