DISPOSITIVA.
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Decimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SE NIEGA la solicitud de Revisión de la Medida judicial privativa preventiva de libertad formulada por el Abg. JOSÉ LUIS SILVA Inpre N° 240.863, Defensor Privado; a favor del ciudadano ANGEL ALEXIS SILVA QUIÑONES titular de la Cedula de Identidad N° V-26.679.924, de conformidad con los artículos 236, numerales 1, 2, 3, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se mantiene la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad que fue dictada en fecha 07-10-2018. SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, s.....