éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: LUCILA GREGORIA BASTIDAS BLANCO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.159.213, sobre unas bienhechurías levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTIUN CENTIMETROS CUADRADOS (585,21mts2) ubicado en, Calle Urdaneta Sur, Casa Nº25 Sector la Represa, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 38,73 Mts. Con casa que es/o fue de la familia Esaa; SUR: En 38,73 Mts. Con casa que es/o fue de la familia González; ESTE: En 15,52 Mts. Con casa que es/o fue de Carlos Villalobos; OESTE: En 14,70Mts. Con calle Urdaneta sur que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase