Como puede observarse, en vista de la inhibición planteada, correspondía al Juez Titular para la fecha, Dr. PEDRO III PÉREZ remitir al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, copia de las actuaciones que considerare pertinente para que se emitiera pronunciamiento sobre su inhibición, y el presente expediente contentivo de la inhibición la Dra. NORA CASTILLO, Juez del Juzgado de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, cuestión que no fue cumplida, pues a pesar de considerar esta Sentenciadora que la inhibición planteada por el Dr. PEDRO III PÉREZ, resulta a todas luces inoficiosa, pues constituye un hecho notorio comunicacional que el referido abogado ya no ostenta el cargo de Juez de este Despacho, ello sólo puede ser declarado por la Juez del Juzgado Superior en.....