D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos, MARCO ANTONIO GOMEZ JIMENEZ y CARMEN KATIUSKA CAMACHO SILVA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.609.054 y 14.319.533, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, en fecha 22 de Septiembre de 2000, quedando registrado bajo el Nº 263.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado.....