Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1. Considera INOFICIOSO pronunciarse sobre el mérito del asunto sometido a su conocimiento; por cuanto el recurso de apelación interpuesto, perdió su vigencia, por tanto, no existe interés en su resolución, al constatarse que la pretensión de la recurrente es la libertad del ciudadano MIGUEL ANGEL ABRAHAM JIMENEZ, quien ahora se encuentra cumpliendo condena en virtud de la pena que le fue impuesta por el tribunal de instancia, previa aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, lo que implica, que su pretensión no depende de la resolución del recurso incoado, sino del cumplimiento efectivo de la pena impuesta.
2. Se ORDENA remitir las presentes actuaciones, en su debida oportunidad al Juzgado Vi.....