DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. BARBARA LUCERO SAÍN, DEFENSOR PUBLICO OCTAVO PENAL DEL ESTADO MONAGAS, con el carácter de defensor designado a los ciudadanos ARIANNY DEL VALLE GARCIA, DIONIS JOSE ASTUDILLO, ANDREA NOHELIYS ASTUDILLO, NORLANDO JOSE ASTUDILLO, WILMER JOSE BARCELO CAMACHO, CARLOS ALFREDO CARVAJAL, JEAN CARLOS LIMPIO RIVERO y DANGYBER JOSE COA, en el proceso penal contenido en el Asunto Principal signado con el alfanumérico NP01-P-2009-003171; por lo que en consecuencia se NIEGA la SOLICITUD DE NULIDAD de la decisión recurrida.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia impugnada, en los términos expresados en esta decisión.