este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano ARNALDO JOSÉ MATA MOROCOIMA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.993.880, venezolano, natural de Caripe Estado Monagas, donde nació en fecha 13-09-1980, de 24 años de edad, estado civil soltero, hijo de Alcira Morocoima (V) y de Teoscar Rafael Mata (V), Bachiller, de profesión Comerciante, domiciliado en la Calle Principal del Sector La Peña, casa sin número, Caripe Estado Monagas, al frente de un puesto de hortalizas, Teléfono 0424-935.61.85, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42, en su encabezamiento, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana.....