Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; REVOCA la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada "Régimen Abierto", al penado DIXON RAFAEL GIROT RAGUAS, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 11/06/1987, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, indocumentado, residenciado en el Callejón Santa Fe, casa s/n, cerca de IPASME, al lado de la carpintería del señor José Luís, sector La Floresta, Maturín, Estado Monagas; actualmente recluido en el Internado Judicial de esta Entidad Federal; por haber este incumplido con las obligaciones impuestas en su oportunidad para el disfrute de dicho beneficio post-pena. Todo se ajustó a lo preceptuado en el artículo 511 de nuestra Ley Adjetiva Penal.