éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.) Concluida la audiencia preliminar y; 2.) Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que conste en autos el pago acordado instando a las partes a cumplir de buena fe con el compromiso asumido en la presente acta. A solicitud de las partes se acuerda expedir una (1) copia certificadas para cada una de ellas de la presente acta y devolverse los elementos probatorios consignados al inicio de la audiencia preliminar, los cuales reciben en este acto