DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este JUZGADO ÚNICO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad, que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara la legalidad de la aprehensión, ante la existencia de orden una orden de captura, contra el sancionado JOHAN JACKSON VASQUEZ CHAVEZ . SEGUNDO: se acuerda dejar sin efecto Orden de Ubicación Nº 430-19 de fecha 24/09/19 y Orden de Captura Nº 017-20 de fecha 23/01/20 librándose los oficios respectivos. TERCERO: REVOCA las medidas simultaneas de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de de UN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES impuestas contra el adolescente JOHAN JACKSON VASQUEZ CHAVEZ , en este asunto por el delito ROBO AGRAVADO tip.....