Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano GREGORIO SALAZAR, en su condición de Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), actuando en su propio nombre y en representación de la nombrada organización sindical, asistido por el abogado León Arismendi, quien a su vez actúa en representación de los ciudadanos JORGE ALFREDO AGUIRRE MILLÁN, MARÍA GABRIELA AGUZZI VELAZCO, JULIO CÉSAR BARAZARTE DELGADO, ALEJANDRO BOTIA BOTIA, ÁNGEL ALBERTO COLMENARES GUTIÉRREZ, JESÚS ANTONIO CONTRERAS, NELSON HORACIO CONTRERAS SUÁREZ, ADRIANA DE LOS ÁNGELES DEL NOGAL INFANTE, MARÍA COLUMBA DEL NOGAL GÓMEZ, EUMAR DE JESÚ.....