PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL intentara el ciudadano CARLOS OSWALDO MARTINEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-8.690.051 y de este domicilio, contra la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A., constituida mediante documento inscrito ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, el 17/07/1993, bajo el N° 48, Tomo 22-A; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada, antes identificada, a cancelarle a la parte actora la cantidad de BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 204.329,65); por los conceptos detallados en la parte motiva de este fallo. SEGUNDO: Asimismo se acuerda cancelar al demandante la Indexación Judicial; que deberá ser calculada conforme a lo previsto en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No se condena en costas a la parte accionada, por cuanto no .....