III. DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes transcritos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el presente recurso de hecho interpuesto por el abogado TIRSO GORRIN FERRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 86.163, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FELIPE NAVARRO NEGRIN y ANTONIO CRUZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros V-11.086.273 y V-12.956.503 respectivamente,, contra el auto de fecha 19 de febrero de 2024 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, negó oír la apelación interpuesta por el aquí recurrente contra el auto dictado por dicho juzgado en fecha 08 de febrero de 2024, en el juicio contenido en el exped.....