En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES, ACTORA Y DEMANDADA Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en La Victoria, a los 25 días del mes de abril del año Dos Mil siete (25-04-07) Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ ,
Dra. JUANA ISABEL VELIZ DE CALDERON.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Sra. INGRID MORELA MENDOZA.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le publicó y registró la anterior decisión siendo las 10:30 a.m..-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Sra. INGRID MORELA MENDOZA.
JIVC/icm/mg
Exp. Nº:3384-07