En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 46 en concordancia con el numeral 7 del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del CARLOS ALBERTO ATACHO, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.775.272, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal. SEGUNDO: Declarada Libertad Plena a la ciudadana CARLOS ALBERTO ATACHO, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.775.272. TERCERO: Vista que la fundamentación salio en tiempo hábi se entienden las partes notificadas; remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial del estado Lara, una vez quede firme la misma. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada, firmada.....